Fuente: Prensa Rural.

Ponencia de la ACVC en el foro nororiental «La Criminalización de la Protesta Social»

Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra.

El movimiento social y popular en Colombia históricamente ha sido perseguido por un Estado que niega la pluralidad, la diversidad de ideologías, la existencia de la oposición y de alternativas diferentes a las imperantes, con lo cual establece una sociedad homogénea, siendo ésta una de las principales características de los regímenes autoritarios y dictatoriales.

La persecución se ha mantenido por décadas y se enmarca dentro de las directrices de la seguridad nacional, que aún se mantiene intacta, en los setentas fueron los juicios militares a civiles, en los ochentas el exterminio de la Unión Patriótica –partido de oposición-, en los noventas las masacres a manos de paramilitares, entre otros tantos hechos más. Han sido muchos los hombres y mujeres que por pensar y construir una sociedad diferente fueron torturados, asesinados, desaparecidos o privados de su libertad.

De esta manera, la criminalización es una de las tantas estrategias utilizadas por el Estado colombiano para contener al movimiento social y popular. La criminalización no debe ser entendida únicamente como la judicialización, esta va más allá, el falso positivo judicial es su eslabón final.

Criminalizar es un proceso de construcción social del criminal o delincuente, la labor ejercida por los defensores y defensoras de derechos humanos es vista e interiorizada por la totalidad del aparato estatal, las fuerzas militares y por un sector de la población como una traba, que se hace necesaria perseguir, atacar y acabar.

El proceso de criminalización se ejerce con diferentes tácticas, que de manera simultánea o encadenada se van ejerciendo sobre personas específicas, procesos sociales o movilizaciones.

I. Señalamientos y Estigmatización. El primer escalón de la criminalización es el señalamiento que equipara la labor de los defensores de derechos humanos, los procesos sociales, las movilizaciones o protestas a actos de bandoleros, guerrilleros o terroristas; igualmente, la estigmatización se hace presente con la aseveración que cada organización es el brazo político de los grupos guerrilleros o que se encuentran infiltrados por estos. Dichas afirmaciones sin fundamento y sin respaldo probatorio alguno son realizadas desde diferentes instancias, en todo tipo de espacios, desde la diplomacia internacional hasta los retenes policiales y militares por los que transitamos a diario.

Las consecuencias de estas “simples afirmaciones” son nefastas, en algunos casos son divulgadas en medios masivos de comunicación, generando un margen de duda y prevención en el ciudadano del común, de igual forma, legítima el mal trato que cotidianamente los mandos medios e inferiores tienen hacía la protesta y la movilización, así como justifica conductas prohibidas tales como los empadronamientos o las capturas administrativas.

Veamos dos sucesos recientes a manera de ejemplo:

Suceso 01 : Detención administrativa al presidente de la Asociación Campesina del Catatumbo. “El pasado 21 de octubre a las 11 de la mañana en la Base Militar de la Esmeralda del Batallón Plan Especial Energético Vial No 10, en el departamento de Santander, le fueron solicitados los documentos a José del Carmen Abril –presidente de la Asociación Campesina del Catatumbo ASCAMCAT -, inmediatamente el cabo Negrete le dijo «queda detenido porque tiene antecedentes» sin manifestarle cuáles, qué autoridad y por cuál delito. Pasados unos minutos, al lugar se presentan agentes del DAS quienes verificaron la información y manifestaron que José del Carmen Abril NO tiene orden judicial de captura vigente. No obstante el cabo Negrete le manifiesta que no se puede retirar pues está «averiguando con otros organismos de investigación para saber si tiene orden de captura», obligándolo a permanecer por varias horas en ese retén militar hasta la intervención de un abogado de su organización.”

Suceso 02 : Señalamientos al Encuentro Nacional de Paz, emitido por Caracol Radio el 17 de agosto de 2011. “Caracol Radio conoció nuevos detalles de comunicaciones realizadas entre el 20 de julio y el 2 de agosto de este año, en las que el personaje clave es un presunto cabecilla del comando Conjunto Central de las Farc, y que se revelaron el viernes 12 de agosto. Charlas que evidenciaban el interés de esa organización guerrillera en infiltrar el Encuentro Nacional de Paz, que se realizó en Barrancabermeja entre el 12 y el 15 de agosto. (…)Para los organismos de seguridad es claro que dichos videos y pronunciamientos llegaron a manos de algunos participantes en el Encuentro de parte de personas cercanas a la guerrilla que, como reveló el viernes Caracol Radio, se organizaron durante las semanas previas al evento para participar activamente en las charlas y debates.

II. Arremetida contra la protesta popular. La protesta y la movilización son la expresión de la inconformidad de una sociedad a la que no se le garantiza ni se le materializan efectivamente sus derechos y libertades fundamentales, no obstante, cada vez que algún sector popular recurre a ella, además de su inmediata estigmatización, es concebida como una amenaza para el orden público que se debe desmontar y criminalizar. Así pues, junto con el uso excesivo de la fuerza para su desarticulación, se producen detenciones que posteriormente repercuten en judicializaciones como mecanismos de retaliación.

A manera de ejemplo: “El 07 de noviembre de 2010 ciento sesenta Unidades del ESMAD a las 5:00 de la mañana atacan con gases y bombas incendiarias las instalaciones de la alcaldía de Teorama. Norte de Santander, donde se encontraban aproximadamente 50 campesinos. Asimismo, en el municipio de Convención a las 4:30 de la mañana unidades del ESMAD ingresan violentamente a las instalaciones de la alcaldía lanzando bombas aturdidoras, disparando balas de goma, rompiendo vidrios y destruyendo puertas de la alcaldía a pesar de que sabían que allí se encontraban 90 campesinos. (…) Detienen arbitrariamente a líderes defensores de Derechos Humanos, miembros de ASCAMCAT, MOJUCAT y del Comité de Refugio Permanente. En Teorema fueron detenidos 11 campesinos a quienes bajo la amenaza de ser judicializados les obligaron a firmar un documento con sus datos personales y donde se señalaba que eran líderes de ASCAMCAT.

En convención la SIJIN detiene arbitrariamente a José del Carmen Abril Abril líder de ASCAMCAT y reconocido defensor de los Derechos Humanos en la región. A su vez, detienen a 7 campesinos más, quienes fueron trasladados a la ciudad de Ocaña y privados de la libertad por más de 5 horas. ”

III. Los falsos positivos judiciales. El punto de llegada del proceso de criminalización es la judicialización, sin embargo, previo a ello ha existido todo un engranaje montado con falsas evidencias, las cuales justifican el inicio de la indagación por parte del ente investigador.

Básicamente los elementos materiales probatorios que fundan la imputación o acusación son dos: de un lado, falsos testimonios de desmovilizados –testigos de la corona- que con el propósito de adquirir algún beneficio bien sea económico o judicial realizan las falsas acusaciones; y de otro, los informes de inteligencia militar, cuyos contenidos son artificiosos, a pesar de que la ley y pronunciamientos judiciales de diversa índole han prohibido su utilización. En otro sentido, cuando no se cuenta con estas falsas aseveraciones, se recurre a la persecución y vigilancia permanente con miras a escudriñar los diferentes ámbitos de la vida de las organizaciones y sus líderes, a fin de encontrar alguna evidencia que demuestre su presunta ilegalidad.

Además de originarse en falsos materiales probatorios, la judicialización se inspira en la escuela del “derecho penal del enemigo”, que actualmente es bastante acogida y aplicada por la mayoría de autoridades de investigación y funcionarios judiciales, que con el argumento de la prevención general, desde el inicio del proceso judicial consideran a los líderes del movimiento popular un peligro para la sociedad, lo que conlleva a su privación inmediata de la libertad; en similar sentido, la normatividad penal y sus recientes reformas, son funcionales a esta filosofía, restringiendo con ello garantías fundamentales.

Durante los últimos cuatro años 32 miembros de nuestra asociación han sido judicializados, pero el panorama no es desolador únicamente para nosotros, la Asociación Agraria de Santander (ASOGRAS) reporta 23, la Asociación Campesina del Catatumbo (ASCAMCAT) 9, y las cifras siguen siendo numerosas para cada proceso y organización, esto sin hacer un conteo de las otras tácticas utilizadas en el proceso de criminalización.

Todo lo anterior, es suficiente para afirmar que la criminalización contra el movimiento social y popular es una política sistemática del Estado colombiano, que cuenta con una logística y con recursos financieros, que se rige por similares patrones de conducta para su ejecución, que demuestra la participación en su planeación de reconocidos mandatarios, y que deja un saldo muy alto de víctimas en nuestras organizaciones.

“Libertad inmediata para el compañero David Ravelo” “Libertad inmediata para todos y todas los presos y presas políticas”

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